Guía completaVerificado contra el DOF el 4 de septiembre de 2026

NOM-011-STPS-2001: ruido en los centros de trabajo, explicada numeral por numeral

Ficha rápida

Clave
NOM-011-STPS-2001
Título oficial
Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido
Categoría STPS
Salud
Publicación DOF
17 de abril de 2002 · ver fuente
Entrada en vigor
16 de junio de 2002
Estado
Vigente
Deroga / sustituye a
NOM-011-STPS-1993; NOM-080-STPS-1993
¿Te aplica si…?
El nivel de ruido puede alcanzar 85 dB(A) o más
¿A quién obliga?
Al patrón y a las personas trabajadoras, en sus respectivos capítulos
Sanción por incumplir
250 a 5,000 UMA ($29,328 – $586,550) · LFT art. 994, fracc. V
Autoridad que vigila
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (inspección federal del trabajo)
Verificación
Contra el texto oficial, el 4 de septiembre de 2026
Descargar norma oficial (PDF)

Archivo: NOM-011-STPS-2001_Ruido_DOF-20020417.pdf · texto completo, descarga directa, sin registro.

La NOM-011-STPS-2001 obliga a reconocer y evaluar el ruido en toda área donde alcance 80 dB(A), repitiendo el estudio al menos cada dos años; a entregar protección auditiva e implantar un programa de conservación de la audición —con audiometrías y exámenes anuales— desde 85 dB(A); y a impedir cualquier exposición sin protección por encima de 105 dB(A). El límite base es 90 dB(A) para jornada de ocho horas.

Los tres números que ordenan toda la norma

La 011 se entiende con tres umbrales, y casi todos los errores de cumplimiento vienen de confundirlos:

  • 80 dB(A) — umbral de vigilancia: obliga el reconocimiento y la evaluación del área (5.2) y su repetición al menos cada dos años, o dentro de los 90 días posteriores a cualquier cambio de producción, procesos, equipos o controles que pueda variar los resultados.
  • 85 dB(A) — umbral de acción: obliga a entregar equipo de protección auditiva a todos los expuestos (5.4), a implantar el programa de conservación de la audición en esas áreas (5.5), a señalizar en los accesos el uso obligatorio de protección conforme a la NOM-026 (8.7.4) y a practicar exámenes médicos anuales específicos (8.6).
  • 90 dB(A) — el nivel sonoro criterio (4.1.23): límite máximo permisible para ocho horas. De ahí, la Tabla A.1 recorta el tiempo permitido conforme sube el nivel. Y un techo absoluto: en ningún caso puede haber exposición sin protección auditiva por encima de 105 dB(A) (5.3).

La tabla completa de límites (Apéndice A):

NERTiempo máximo permisible de exposición
90 dB(A)8 horas
93 dB(A)4 horas
96 dB(A)2 horas
99 dB(A)1 hora
102 dB(A)30 minutos
105 dB(A)15 minutos

El escalón es de 3 dB(A): cada 3 decibeles adicionales, la exposición permitida se reduce a la mitad — reflejo de que la escala es logarítmica y la energía acústica se duplica.

A quién aplica

A todo centro de trabajo donde se genere ruido que alcance los umbrales — el criterio no es el giro sino el decibel. La regla de dedo de campo: si dos personas a un metro de distancia necesitan alzar la voz para entenderse, esa área probablemente ronda o supera los 80 dB(A) y ya debe medirse formalmente. Talleres, imprentas, plantas de alimentos, aserraderos, textiles, embotelladoras y cuartos de máquinas de cualquier industria suelen estar dentro sin saberlo.

Las obligaciones del patrón (capítulo 5)

  • 5.1 — Mostrar la documentación a la autoridad cuando la solicite: la norma abre con la regla probatoria; todo lo que sigue debe existir en papel.
  • 5.2 — Reconocimiento y evaluación de todas las áreas con NSA ≥ 80 dB(A), incluyendo sus características. Se ejecuta con los métodos de los apéndices B (nivel de exposición a ruido, NER) y C (bandas de octava, para seleccionar protección), con instrumentación normalizada — no con la app del teléfono.
  • 5.3 — Respetar los límites del Apéndice A y el techo absoluto de 105 dB(A) sin protección.
  • 5.4 — Proporcionar el EPP auditivo a todo expuesto a 85 dB(A) o más, seleccionado conforme a la norma de EPP (la referencia del texto cita la NOM-017 vigente en 2001; hoy aplica la NOM-017-STPS-2024). La selección técnica usa los datos por bandas de octava del Apéndice C: el tapón genérico no siempre alcanza.
  • 5.5 y 5.6 — El programa de conservación de la audición, implantado, conservado y actualizado, en toda área con 85 dB(A) o más. Es el corazón del capítulo 8 (abajo).
  • 5.7 — Vigilar la salud de los expuestos e informar a cada trabajador sus resultados.
  • 5.8 — Informar a los trabajadores y a la comisión de seguridad e higiene las posibles alteraciones a la salud por exposición a ruido y orientarlos sobre su prevención.

Las obligaciones de los trabajadores (capítulo 6) cierran el circuito: colaborar en las evaluaciones, someterse a los exámenes médicos del programa y usar el equipo de protección conforme a las instrucciones.

El programa de conservación de la audición (capítulo 8)

No es un documento: es un sistema con componentes definidos, y el inspector los revisa uno por uno:

  1. Evaluaciones del NER y por bandas de octava, con los métodos normalizados de los apéndices.
  2. Control de la exposición: medidas técnicas y administrativas, cuidando que las medidas adoptadas no generen nuevos riesgos.
  3. EPP auditivo seleccionado por atenuación real frente al espectro medido.
  4. Vigilancia a la salud (8.6): exámenes médicos anuales a cada trabajador expuesto a 85 dB(A) o más.
  5. Audiometrías (Apéndice I): un audiograma base para cada trabajador asignado a áreas que excedan 85 dB(A), precedido de al menos 14 horas sin exposición a ruido laboral y sin afección de vías respiratorias superiores; y audiogramas de verificación cada seis meses con NER ≥ 85 dB(A), o anuales entre 80 y 85 dB(A).
  6. Señalización (8.7.4): en la entrada de toda área con 85 dB(A) o más, señalamiento de uso obligatorio de protección auditiva conforme a la NOM-026.
  7. Capacitación e información a los expuestos.

El detalle del audiograma base importa más de lo que parece: hecho al final de un turno ruidoso, mide fatiga auditiva temporal y no sirve de línea base — 14 horas limpias es requisito del texto, no sugerencia del laboratorio.

Qué te va a pedir el inspector

EvidenciaNumeral
Estudio de reconocimiento y evaluación (NER por área, bandas de octava)5.2, Apéndices B y C
Vigencia del estudio: ≤ 2 años, o ≤ 90 días tras cambios de proceso5.2 d)
Constancia de que nadie excede los límites del Apéndice A5.3
Entrega documentada de EPP auditivo a expuestos ≥ 85 dB(A)5.4
Programa de conservación de la audición completo y actualizado5.5, 5.6 y Cap. 8
Exámenes médicos anuales y audiogramas (base + verificación semestral/anual)8.6 y Apéndice I
Señalización de uso obligatorio en accesos de áreas ≥ 85 dB(A)8.7.4
Informe a trabajadores y comisión de seguridad e higiene5.7 y 5.8

Cómo implementarla, en orden

  1. Mapea el ruido con un estudio formal (laboratorio acreditado o personal competente con sonómetro/dosímetro normalizado): NER por área y puesto, y bandas de octava donde se requiera EPP.
  2. Clasifica cada área por umbral (menos de 80 / 80–85 / 85+ / cerca de límites A.1) — esa clasificación dicta todas las demás obligaciones.
  3. Ataca la fuente antes que el oído: mantenimiento, amortiguamiento, encapsulamiento, rotación de personal. El EPP es la última barrera, no la estrategia.
  4. Arma el programa de conservación: EPP por atenuación real, calendario de audiometrías con las reglas del Apéndice I, exámenes anuales, señalización y capacitación.
  5. Agenda la reevaluación bienal y el disparador de 90 días por cambios de proceso — el estudio vencido es el hallazgo más común de esta norma.

Cuánto cuesta cumplir

Rangos de mercado nacional (proveedores mexicanos, 2026):

ConceptoRango típico (MXN)
Estudio de ruido laboral (laboratorio acreditado, por área/puestos)$8,000 – $35,000
Audiometrías (por trabajador)$250 – $700
Protección auditiva (tapones reutilizables a orejeras de alta atenuación, por persona/año)$150 – $1,500
Controles de ingeniería (encapsulado, barreras; muy variable)$10,000 – $250,000+
Señalización de áreas$1,000 – $5,000

La multa del artículo 994, fracción V, de la LFT (250 a 5,000 UMA por incumplimiento) se queda corta frente al costo real: la hipoacusia laboral es de las enfermedades de trabajo más reclamadas ante el IMSS, y es irreversible.

Los errores que más se sancionan

  1. No medir "porque no parece tan fuerte". Sin estudio no hay defensa: el umbral de 80 dB(A) se alcanza con más frecuencia de la que se cree.
  2. Estudio vencido. Más de dos años, o cambios de maquinaria sin reevaluación en 90 días.
  3. EPP genérico sin selección técnica. Tapones de farmacia contra un espectro que exigía orejeras: el Apéndice C existe para eso.
  4. Programa de conservación "de carpeta". Sin audiometrías al día, sin exámenes anuales, sin seguimiento de casos con cambios en el audiograma.
  5. Audiograma base inválido. Tomado sin las 14 horas de reposo auditivo.
  6. Áreas de 85+ sin señalizar. El 8.7.4 es de los hallazgos más fáciles de levantar en el recorrido.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuántos decibeles me aplica la norma? Las obligaciones de medición inician a 80 dB(A); las de protección y programa, a 85; el límite para 8 horas es 90. Si no has medido, no sabes en qué escalón estás — y eso ya es incumplimiento del 5.2 si el área lo amerita.

¿Puedo medir con una app de celular? Como tamizaje interno para decidir si contratas el estudio, útil. Como evidencia de cumplimiento, no: los apéndices B y C exigen instrumentación normalizada y método definido, y el criterio de la autoridad es el estudio formal.

¿Cada cuánto se repite el estudio? Al menos cada dos años cuando el NER alcanza 80 dB(A), o dentro de los 90 días siguientes a cambios de producción, procesos, equipos o controles que puedan variar los resultados (5.2 d)).

¿Cada cuánto van las audiometrías? Base al asignar al trabajador al área (con 14 horas previas sin exposición); verificación cada seis meses con NER ≥ 85 dB(A), y anual entre 80 y 85 (Apéndice I). Los exámenes médicos del 8.6 son anuales para expuestos a 85 o más.

¿Con tapones puedo dejar a alguien en 100 dB(A) toda la jornada? No. Los límites del Apéndice A son de exposición, y el EPP es medida complementaria: a 99 dB(A) el tiempo máximo es 1 hora. El techo absoluto es 105 dB(A): por encima, ni un minuto sin protección — y con protección, solo dentro de los tiempos y controles del programa.

¿Dónde descargo la NOM-011-STPS-2001 en PDF? El texto oficial completo en PDF se descarga directamente al final de esta página, sin registro, junto con el enlace a la nota original del DOF.

Normas relacionadas

  • NOM-017-STPS-2024 — EPP: la selección de la protección auditiva se documenta con ella. /normas/nom-017-stps-2024-equipo-de-proteccion-personal/
  • NOM-026-STPS-2008 — Señales: el señalamiento de uso obligatorio en áreas ≥ 85 dB(A). /normas/nom-026-stps-2008-colores-y-senales-de-seguridad-tuberias/
  • NOM-030-STPS-2009 — Servicios preventivos: el diagnóstico integral que programa estas evaluaciones. /normas/nom-030-stps-2009-servicios-preventivos-de-seguridad-y-salud/
  • NOM-024-STPS-2001 — Vibraciones: la compañera habitual del ruido en maquinaria y herramienta. /normas/nom-024-stps-2001-vibraciones/

Verifica este contenido

Cynthia Alejandra Peralta Vega

Especialista de Seguridad en el Trabajo, IMSS · Ingeniera Industrial (ITH)

Ingeniera Industrial (ITH). Especialista de Seguridad en el Trabajo en el IMSS desde 2022.

  • Ingeniería Industrial, Instituto Tecnológico de Hermosillo (ITH), 2010–2015
  • Especialista de Seguridad en el Trabajo, IMSS, julio 2022 – agosto 2026
  • Subjefa de Conservación, IMSS, 2020–2022

Contenido revisado y verificado contra el texto del DOF. Los rangos de costo provienen de cotizaciones de proveedores nacionales y se actualizan semestralmente.

Texto oficial completo

El contenido de esta guía explica y ordena la norma para su aplicación. El único texto de observancia obligatoria es el publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Documento
NOM-011-STPS-2001, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido
Archivo
NOM-011-STPS-2001_Ruido_DOF-20020417.pdf
Publicación DOF
17 de abril de 2002
Verificado contra el DOF
4 de septiembre de 2026

Esta página no sustituye al DOF ni constituye asesoría jurídica particular.

Otras normas de salud

Ver toda la categoría