La NOM-020-STPS-2011 establece los requisitos de seguridad para el funcionamiento de recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas en los centros de trabajo. Obliga al patrón a inventariar y clasificar cada equipo en una de tres categorías según fluido, presión y volumen, a integrar un expediente por equipo, a darle mantenimiento y pruebas con la periodicidad que corresponde a su categoría, a dar aviso a la STPS de los equipos de categorías II y III, y a que los de categoría III cuenten con dictamen de una unidad de verificación acreditada.
¿Esta norma le aplica a tu empresa?
Criterios de aplicabilidad
Aplica si tienes cualquier equipo que contenga un fluido a presión mayor que la atmosférica, o un fluido criogénico, o que genere vapor. La lista real de lo que se encuentra en inspecciones:
- Compresores de aire con tanque, desde el de taller hasta los de planta.
- Calderas de vapor o agua caliente: lavanderías, hoteles, hospitales, alimentos, textiles.
- Tanques estacionarios de gas LP (aunque sean rentados: la obligación de seguridad es del patrón).
- Autoclaves en hospitales, laboratorios, estéticas y clínicas.
- Tanques criogénicos de oxígeno, nitrógeno o CO₂.
- Recipientes de proceso: reactores, intercambiadores, acumuladores, separadores.
- Tanques hidroneumáticos en edificios.
El error de lectura más caro es pensar que la norma es "para industria pesada". Un hotel con caldera, una lavandería con compresor y caldera, o una clínica con autoclave, están dentro.
Casos en los que NO aplica
La norma excluye equipos específicos: cilindros portátiles de gas (que se regulan como producto y por la NOM-005 en su almacenamiento), extintores, tuberías y sus accesorios, recipientes de transporte (autotanques), calentadores de agua domésticos de baja capacidad, y equipos de refrigeración y aire acondicionado sellados, entre otros que la norma lista en su campo de aplicación. Ante la duda, el criterio es preguntarle a la unidad de verificación.
Las tres categorías

Tabla 1 del texto oficial publicado en el DOF: la clasificación exacta por fluido (peligroso o no), presión y volumen.
La categoría define todo: qué pruebas, cada cuánto, si hay que avisar a la STPS y si se necesita dictamen. Se determina con la Tabla de la norma combinando tres variables: tipo de fluido (peligroso o no peligroso: inflamable, tóxico, corrosivo o a alta temperatura cuenta como peligroso), presión de calibración y volumen (o, en calderas, capacidad en caballos caldera y presión).
| Categoría | Descripción general | Aviso a STPS | Dictamen de unidad de verificación | Pruebas periódicas |
|---|---|---|---|---|
| I | Equipos de menor riesgo: fluidos no peligrosos, presiones y volúmenes bajos (compresores de taller, hidroneumáticos pequeños) | No | No | Revisión y mantenimiento según programa del patrón; registro |
| II | Riesgo intermedio: fluidos no peligrosos a mayor presión o volumen, o calderas de capacidad media | Sí | No (la norma permite que el patrón realice las pruebas con personal calificado y las registre) | Exámenes no destructivos y pruebas de presión con la periodicidad de la norma |
| III | Mayor riesgo: fluidos peligrosos, presiones o volúmenes altos, calderas de gran capacidad | Sí | Sí, para el funcionamiento y en cada prueba periódica | Exámenes no destructivos y pruebas de presión por unidad de verificación |
Los umbrales numéricos exactos de presión, volumen y capacidad están en la tabla de clasificación de la norma y hay que aplicarlos equipo por equipo con la placa de datos en la mano. Un mismo centro de trabajo suele tener equipos en las tres categorías: el compresor de mantenimiento en I, el tanque de aire principal en II y la caldera de vapor en III.
Qué te exige exactamente
Obligaciones del patrón
- Inventario de todos los equipos con: identificación, ubicación, fluido, presión de calibración, volumen o capacidad, categoría, fecha de fabricación e instalación.
- Expediente por equipo con: ficha técnica o placa de datos, memoria de cálculo o certificado de fabricación cuando exista, planos o diagramas, certificado de la válvula de seguridad, registro de pruebas y mantenimiento, dictámenes, y el aviso a la STPS cuando aplique.
- Programa de revisión, mantenimiento y pruebas con la periodicidad por categoría: exámenes no destructivos (espesores por ultrasonido, líquidos penetrantes, radiografía) y pruebas de presión hidrostática o neumática.
- Dispositivos de seguridad: válvula de seguridad calibrada a no más de la presión de calibración, manómetro, indicadores de nivel y temperatura en calderas, y sus pruebas y calibraciones registradas.
- Procedimientos de operación, revisión, mantenimiento, arranque y paro, y atención a emergencias.
- Aviso a la STPS para equipos de categorías II y III, con la información y en el plazo que fija la norma, y actualización cuando cambien.
- Dictamen de unidad de verificación acreditada y aprobada para los de categoría III.
- Personal calificado para operar calderas y equipos de categoría III, con capacitación específica y documentada.
- Plan de atención a emergencias para fugas, sobrepresión, incendio y explosión.
- Señalización (NOM-026) y control de acceso al área de calderas y recipientes de categoría III.
- Registros de todo lo anterior.
Obligaciones del trabajador
Operar solo los equipos para los que está capacitado y autorizado, seguir los procedimientos, revisar los dispositivos de seguridad antes de arrancar, reportar anomalías, y no alterar válvulas de seguridad ni manómetros.
Documentación que debes tener por escrito
- Inventario y clasificación por categoría.
- Expediente por equipo (contenido arriba).
- Programa y registros de mantenimiento y pruebas.
- Certificados de calibración de válvulas de seguridad y manómetros.
- Acuse del aviso a la STPS (categorías II y III).
- Dictámenes de la unidad de verificación (categoría III).
- Procedimientos de operación y emergencia.
- Constancias de capacitación del personal operador.
Qué te va a pedir el inspector
Es una de las normas donde el inspector con formación técnica revisa a fondo, y una de las que autoriza restricción de acceso o clausura inmediata ante riesgo inminente (válvula de seguridad inoperante, caldera sin nivel, tanque con corrosión severa).
- Recorrido por cuarto de máquinas: estado de equipos, válvulas de seguridad presentes y sin bloquear, manómetros con escala adecuada, fugas, corrosión, señalización, acceso restringido.
- Inventario y clasificación por categoría, con la justificación de cada una.
- Expediente de cada equipo. Abre uno al azar, normalmente la caldera.
- Acuse del aviso a la STPS de los equipos de categorías II y III.
- Dictamen vigente de unidad de verificación para categoría III.
- Registros de pruebas (espesores, presión) dentro de la periodicidad.
- Certificado de calibración de válvulas de seguridad.
- Bitácora de operación de la caldera (nivel, presión, purgas, tratamiento de agua).
- Capacitación y autorización del operador de caldera.
- Plan de emergencias y procedimientos.
Cómo cumplirla paso a paso
Paso 1. Inventaría todos los equipos con placa de datos en mano. Si un equipo no tiene placa, ese es tu primer problema: necesitarás que una unidad de verificación determine sus características.
Paso 2. Clasifica cada uno con la tabla de la norma. Si tienes duda en uno solo, pide a una unidad de verificación que clasifique todo el inventario: cuesta poco y evita errores de categoría, que son la deficiencia más común.
Paso 3. Integra el expediente por equipo. Para equipos viejos sin documentación de fábrica, la unidad de verificación puede generar la memoria y el dictamen inicial.
Paso 4. Da el aviso a la STPS para categorías II y III (trámite por escrito o en línea según la delegación, con el formato de la norma).
Paso 5. Contrata las pruebas: medición de espesores, examen no destructivo y prueba de presión con la periodicidad de tu categoría; calibración de válvulas de seguridad y manómetros; dictamen para categoría III.
Paso 6. Escribe los procedimientos de operación, arranque, paro, mantenimiento y emergencia. Para calderas, incluye tratamiento de agua y purgas.
Paso 7. Capacita y autoriza por escrito a los operadores. Para calderas, curso de operador con evaluación.
Paso 8. Señaliza, restringe el acceso al área y programa las siguientes pruebas en calendario.
Cuánto cuesta cumplir esta norma
| Concepto | Rango (MXN, 2026) | Nota |
|---|---|---|
| Clasificación de inventario por unidad de verificación | $3,000–$10,000 | Por centro de trabajo |
| Dictamen de unidad de verificación, categoría III | $8,000–$25,000 por equipo | Inicial y en cada prueba periódica |
| Medición de espesores por ultrasonido | $2,500–$8,000 por equipo | |
| Prueba hidrostática | $4,000–$15,000 por equipo | Incluye preparación |
| Calibración de válvula de seguridad | $1,500–$5,000 por válvula | Anual en la práctica |
| Reemplazo de válvula de seguridad | $2,000–$15,000 | Según tamaño y presión |
| Manómetro calibrado con certificado | $800–$3,000 | |
| Curso de operador de caldera con DC-3 | $3,000–$8,000 por persona | |
| Procedimientos y expedientes por consultor | $10,000–$40,000 | Según número de equipos |
| Gestión del aviso a la STPS | $0–$5,000 | Se puede hacer internamente |
Una empresa con un compresor (I), un tanque de aire (II) y una caldera (III) cumple el primer año con $40,000 a $100,000 pesos, y después $15,000 a $40,000 anuales en pruebas y calibraciones. Una explosión de caldera o de tanque de aire es de los accidentes con más muertes por evento en México; ahí la multa es lo de menos.
Errores que más se sancionan
- Equipos de categoría II o III sin aviso a la STPS. El más común, porque nadie sabía que había que avisar.
- Categoría mal determinada: una caldera clasificada como II para evitar el dictamen.
- Sin expediente por equipo, o con expediente sin memoria de cálculo ni pruebas.
- Válvula de seguridad sin calibrar, calibrada arriba de la presión de diseño, o peor, bloqueada.
- Sin pruebas periódicas de espesores y presión, o fuera de periodicidad.
- Operador de caldera sin capacitación ni autorización por escrito.
- Tanque de gas LP rentado del que "se encarga el proveedor" pero sin ninguna evidencia en el centro de trabajo.
- Cuarto de calderas sin señalizar ni restringir, usado como bodega.
Preguntas frecuentes
¿Qué establece la NOM-020-STPS-2011? Los requisitos de seguridad para el funcionamiento de recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas: clasificación por categoría, expediente, pruebas, dispositivos de seguridad, aviso a la STPS, dictamen de unidad de verificación y capacitación.
¿Un compresor de aire está sujeto a la NOM-020? Sí, su tanque es un recipiente sujeto a presión. Según su volumen y presión quedará en categoría I (la mayoría de los de taller) o II.
¿Qué es una unidad de verificación? Una persona moral acreditada por la EMA y aprobada por la STPS para evaluar la conformidad con la norma y emitir dictámenes. Es obligatoria para los equipos de categoría III.
¿Cuándo hay que dar aviso a la STPS? Cuando el centro de trabajo tiene equipos de categoría II o III, al inicio de su funcionamiento y cuando se modifiquen, con el contenido y plazo que fija la norma.
¿Cada cuánto se hacen las pruebas de presión? Depende de la categoría y del tipo de equipo; la norma fija la periodicidad de los exámenes no destructivos y las pruebas de presión en su tabla correspondiente. La calibración de válvulas de seguridad se hace en la práctica cada año.
¿El tanque estacionario de gas LP rentado es responsabilidad del patrón? Sí. Aunque el propietario sea la gasera, el equipo está en el centro de trabajo y la NOM-020 obliga al patrón a tener su expediente, verificar sus dispositivos de seguridad y dar el aviso si aplica.
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Cynthia Alejandra Peralta Vega
Especialista de Seguridad en el Trabajo, IMSS · Ingeniera Industrial (ITH)
Ingeniera Industrial (ITH). Especialista de Seguridad en el Trabajo en el IMSS desde 2022.
- Ingeniería Industrial, Instituto Tecnológico de Hermosillo (ITH), 2010–2015
- Especialista de Seguridad en el Trabajo, IMSS, julio 2022 – agosto 2026
- Subjefa de Conservación, IMSS, 2020–2022
Contenido revisado y verificado contra el texto del DOF. Los rangos de costo provienen de cotizaciones de proveedores nacionales y se actualizan semestralmente.
Cynthia Alejandra Peralta Vega · Ingeniera Industrial por el Instituto Tecnológico de Hermosillo (ITH). Especialista de Seguridad en el Trabajo en el Instituto Mexicano del Seguro Social desde 2022, donde supervisa las condiciones de seguridad e higiene de instalaciones hospitalarias e implementa programas preventivos de cumplimiento normativo. Antes, Subjefa de Conservación en el mismo instituto, a cargo del mantenimiento de infraestructura y equipos críticos. Más de ocho años en operaciones y mejora continua en entornos industriales y de salud. Revisa y verifica todo el contenido normativo de este sitio. Última revisión: septiembre de 2026. Fuentes: NOM-020-STPS-2011 (DOF 27-12-2011), Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley Federal del Trabajo art. 994, INEGI (UMA 2026). Costos de cotizaciones a unidades de verificación y proveedores nacionales, actualizados semestralmente.
Texto oficial completo
El contenido de esta guía explica y ordena la norma para su aplicación. El único texto de observancia obligatoria es el publicado en el Diario Oficial de la Federación.
- Documento
- NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas-Funcionamiento-Condiciones de seguridad
- Archivo
- NOM-020-STPS-2011_Recipientes-sujetos-a-presion-criogenicos-y-calderas_DOF-20111227.pdf
- Publicación DOF
- 27 de diciembre de 2011
- Verificado contra el DOF
- 4 de septiembre de 2026
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