Guía completaActualizadaVerificado contra el DOF el 4 de septiembre de 2026

NOM-037-STPS-2023: teletrabajo, explicada numeral por numeral

Ficha rápida

Actualizada
Clave
NOM-037-STPS-2023
Título oficial
Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo
Categoría STPS
Específicas
Publicación DOF
8 de junio de 2023 · ver fuente
Entrada en vigor
5 de diciembre de 2023
Estado
Vigente
¿Te aplica si…?
Tienes personas trabajando más del 40 % del tiempo desde casa
¿A quién obliga?
Al patrón y a las personas trabajadoras, en sus respectivos capítulos
Sanción por incumplir
250 a 5,000 UMA ($29,328 – $586,550) · LFT art. 994, fracc. V
Autoridad que vigila
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (inspección federal del trabajo)
Verificación
Contra el texto oficial, el 4 de septiembre de 2026
Descargar norma oficial (PDF)

Archivo: NOM-037-STPS-2023_Teletrabajo_DOF-20230608.pdf · texto completo, descarga directa, sin registro.

La NOM-037-STPS-2023 obliga a quien tenga personas trabajando más del 40 % de su jornada semanal fuera del centro de trabajo, con uso de tecnologías de la información: exige un listado de teletrabajadores, una política escrita, la verificación de condiciones del lugar de trabajo mediante lista validada por la comisión de seguridad e higiene, silla ergonómica e insumos, capacitación anual y mecanismos de reversibilidad. Vigente desde el 5 de diciembre de 2023.

De dónde viene y desde cuándo obliga

El teletrabajo entró a la Ley Federal del Trabajo en enero de 2021 con el Capítulo XII Bis (artículos 330-A a 330-K), que definió la modalidad y las obligaciones básicas — contrato, pago proporcional de servicios, derecho a la desconexión. Lo que faltaba era la pieza operativa de seguridad y salud: esta norma. Se publicó en el DOF el 8 de junio de 2023 y su transitorio, con redacción curiosa que omite las palabras "en vigor" ("entrará a los 180 días naturales posteriores a su publicación"), la hizo obligatoria desde el 5 de diciembre de 2023. No sustituye a ninguna norma anterior: es la primera de su materia, y por eso muchas empresas con años de home office siguen sin un solo papel que la acredite.

La norma es también inusual en su método: casi todo su aparato de verificación descansa en un documento —la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo— y en un actor que ya tenías: la comisión de seguridad e higiene de la NOM-019.

A quién aplica: la regla del 40 %

El criterio de entrada es aritmético: son aspirantes a la modalidad quienes realizan más del 40 % de su jornada laboral semanal desde un lugar fuera del centro de trabajo, exclusivamente con uso de las tecnologías de la información y comunicación. Y el propio texto cierra la puerta trasera: no es teletrabajo el que se realiza de forma ocasional o esporádica, es decir, con menos del 40 % de la jornada.

Tres consecuencias prácticas:

  • El esquema híbrido dominante (2 días en casa de 5) no activa la norma: 40 % exacto no es "más del 40 %". Tres días o más en casa, sí.
  • La costumbre cuenta como hecho. Si alguien lleva desde 2020 trabajando 4 días desde casa "de manera informal", la modalidad existe de facto y la inspección la trata como tal; formalizar el contrato (LFT 330-B) y cumplir esta norma es regularizar, no crear.
  • Sin TIC no hay teletrabajo en el sentido de la norma: el trabajo a domicilio tradicional (maquila, manufactura casera) se rige por otro capítulo de la LFT.

Las obligaciones del patrón, numeral por numeral

5.1 — El listado de teletrabajadores

Un listado actualizado de las personas en la modalidad con contenido mínimo: nombre, género, estado civil y los demás datos que fija el numeral (actividades, domicilio del lugar de trabajo, entre otros). Es la primera evidencia que pide cualquier revisión: sin listado, todo lo demás no tiene sujetos.

5.2 — La Política de Teletrabajo

Por escrito, implantada, mantenida y difundida tanto en el centro de trabajo como entre los teletrabajadores. Debe ser coherente con el contrato colectivo o el reglamento interior, y cumplir los artículos 330-C, 330-D y 330-E de la LFT. Su contenido mínimo incluye promover la prevención de riesgos, instaurar mecanismos de comunicación contra el aislamiento social —reuniones presenciales o por TIC— y facilitar los canales de difusión a distancia (correo y otros) para que el teletrabajador conozca los procedimientos del centro. El Apéndice 1 (informativo) trae un modelo de política para no partir de cero.

5.3 — Informar los riesgos

A los teletrabajadores y a la comisión de seguridad e higiene: los riesgos relacionados con la modalidad y la posible exposición a los agentes y factores del lugar de trabajo remoto.

5.4 y 5.5 — La lista de verificación y su validación

El mecanismo central. Debes contar con la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo, que constata las condiciones del capítulo 7, y dar a la comisión de seguridad e higiene las facilidades para validarla, incluidas las evidencias fotográficas o de video. Para comprobar las condiciones del lugar propuesto, el patrón puede optar entre dos vías:

  1. Visita al lugar de trabajo, previa autorización del aspirante y con las facilidades que éste proporcione (o gestione, si es una oficina en renta), o
  2. Autoaplicación de la lista por el propio aspirante — la alternativa pensada para no condicionar la modalidad a abrir la puerta de casa.

Y hay una segunda versión de la lista para aplicarse periódicamente y constatar que las condiciones se mantienen. El Apéndice 3 (informativo) trae ejemplos de preguntas para construir ambas.

5.6 — El proceso de cambio de modalidad

Si el centro cambia de presencial a teletrabajo o viceversa, el proceso debe estar establecido y documentado, incluyendo cómo se mantienen las condiciones de la norma durante la transición.

5.7 — Silla ergonómica e insumos

El patrón proporciona lo necesario para trabajar fuera del centro: silla ergonómica o de otro tipo apropiada a la actividad, más los insumos para desempeñarla. Se articula con la LFT 330-E (equipos, y pago proporcional de electricidad e internet): la norma pone la parte de seguridad y salud; la ley, la económica.

5.8 — Mantenimiento de los equipos TIC

Programas documentados de mantenimiento en condiciones de seguridad para los equipos de TIC proporcionados. La laptop entregada en 2021 y jamás revisada es un incumplimiento silencioso de este numeral.

5.9 — Capacitación anual

Al menos una vez al año, conforme al capítulo 8, sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener y mantener en su lugar de trabajo. El 8.1 orienta el contenido: reconocimiento de peligros del lugar mediante la propia lista de verificación, con participación —cuando aplique— de la comisión mixta de capacitación.

5.10 — Reversibilidad

Mecanismos para volver a la modalidad presencial cuando la persona informe de alguna condición o alteración de seguridad y salud que lo amerite. La reversibilidad no es cortesía: es obligación con procedimiento.

5.11 — Exámenes médicos y avisos de accidente

Practicar los exámenes médicos que correspondan conforme a la NOM-030 y dar seguimiento a los avisos de accidente de trabajo que ocurran en teletrabajo. Sí: el accidente en casa durante la jornada es accidente de trabajo, y su ruta de aviso debe existir.

5.12 — Compartir la documentación con la comisión

Lista de verificación, su validación y el resto de la evidencia de cumplimiento se comparten con la comisión de seguridad e higiene. La comisión deja de ser espectadora: valida, recibe y registra.

5.13 — Violencia familiar

Mecanismos de atención para casos de violencia familiar, que consideren, entre otras medidas, el retorno a la modalidad presencial temporal o permanente. Es de las obligaciones más novedosas del catálogo STPS y de las menos implementadas: exige un canal de reporte y una respuesta predefinida.

5.14 — Participación en las comisiones

Apoyo y facilidades para que los teletrabajadores participen en la comisión de seguridad e higiene y en la comisión mixta de capacitación. La distancia no los excluye de los órganos del centro de trabajo.

Obligaciones de las personas teletrabajadoras

El capítulo 6 equilibra la ecuación: dar a la comisión de seguridad e higiene, si el trabajador está de acuerdo, facilidades por escrito para la comprobación física del lugar — o, como alternativa, autoaplicar la lista de verificación, antes de ingresar a la modalidad y después con la periodicidad que corresponda (6.1); cumplir la política (6.2); informar por escrito al patrón y a la comisión cualquier alteración de las condiciones o caso de fuerza mayor que impida teletrabajar —incluidos acontecimientos traumáticos severos—, con contenido mínimo: fecha de elaboración, nombre, fecha de ocurrencia y descripción (6.3); resguardar y conservar en buen estado equipos, materiales, útiles y mobiliario ergonómico (6.4); observar las disposiciones de seguridad y salud y someterse a los exámenes médicos de la NOM-030 (6.5); y atender las políticas de protección de datos e información del patrón, con sus restricciones de uso y almacenamiento (6.6).

Capítulo 7: las condiciones del lugar de trabajo

Es el contenido que la lista de verificación traduce en preguntas:

  • 7.1 Agentes físicos. Área limpia y ordenada, sin objetos innecesarios, con lo más usado cerca; iluminación natural o artificial que no deslumbre ni provoque fatiga visual por deficiencia; temperatura y ventilación que se perciban agradables para la actividad.
  • 7.2 Condiciones de seguridad, con la instalación eléctrica al frente (contactos, extensiones, sobrecargas).
  • 7.3 Factores de riesgo psicosocial. Un espacio físico que, preferentemente, permita privacidad durante la jornada, para evitar interferencias e interrupciones de personas ajenas al trabajo — más las cargas de trabajo y jornadas que conectan con la NOM-035.

Y una definición que conviene citar textual en tu política: la desconexión es el derecho a apartarse del trabajo —incluida la desconexión digital de las TIC— y abstenerse de toda comunicación laboral al término de la jornada, en horarios no laborables, vacaciones, permisos y licencias; en horarios flexibles aplica también durante las pausas convenidas.

Qué te va a pedir el inspector

EvidenciaNumeral que la sustenta
Listado actualizado de teletrabajadores con contenido mínimo5.1
Política de Teletrabajo escrita, difundida y alineada a LFT 330-C/D/E5.2
Constancia de información de riesgos (a trabajadores y a la comisión)5.3
Listas de verificación aplicadas: inicial y periódica5.4
Validación de la comisión de seguridad e higiene (con evidencia foto/video)5.5
Autorización del trabajador para visita, o su lista autoaplicada5.4 y 6.1
Entrega documentada de silla ergonómica e insumos5.7
Programa de mantenimiento de equipos TIC5.8
Capacitación anual (DC-3 o constancia equivalente)5.9 y cap. 8
Mecanismo de reversibilidad y de atención a violencia familiar5.10 y 5.13
Exámenes médicos y ruta de aviso de accidentes5.11
Acta o registro de entrega de documentación a la comisión5.12

La revisión de esta norma es esencialmente documental: el inspector no visita domicilios; audita que tu sistema de listas, validaciones y entregas exista y esté vivo.

Cómo implementarla, en orden

  1. Censa la realidad. Quién trabaja más del 40 % fuera, con qué equipo, desde cuándo. Ese censo es el borrador del listado 5.1 y destapa los "híbridos informales".
  2. Formaliza contratos y política. El contrato de teletrabajo es LFT 330-B; la política 5.2 se redacta sobre el Apéndice 1 y se difunde con acuse.
  3. Construye las dos listas de verificación desde el Apéndice 3 y el capítulo 7, y define la vía de comprobación (visita autorizada o autoaplicación).
  4. Activa a la comisión de seguridad e higiene: calendario de validaciones, formato de evidencias foto/video y registro de entrega de documentación.
  5. Cierra el ciclo material y humano: sillas e insumos con acuse, programa de mantenimiento TIC, capacitación anual, y los mecanismos de reversibilidad y violencia familiar por escrito.

Cuánto cuesta cumplir

Rangos de mercado nacional (proveedores mexicanos, 2026), como referencia:

ConceptoRango típico (MXN)
Silla ergonómica de trabajo (por persona)$2,500 – $9,000
Paquete de insumos de arranque (soporte, teclado, mouse, iluminación)$800 – $3,000
Curso anual de teletrabajo seguro con DC-3 (grupo)$4,000 – $12,000
Elaboración de política + listas + procedimientos (consultor)$10,000 – $35,000
Mantenimiento anual de equipo TIC (por equipo)$600 – $1,800

A eso se suma la obligación económica de la LFT 330-E: el pago proporcional de electricidad e internet, que es ley aunque no sea materia de esta norma. La multa por incumplir la norma es la general del artículo 994, fracción V: 250 a 5,000 UMA por infracción.

Los errores que más se sancionan

  1. Teletrabajo de facto sin un solo documento. Años de home office sin listado, contrato ni política: la modalidad existe, el cumplimiento no.
  2. Política copiada sin difusión. El 5.2 exige difundirla e implantarla; el PDF en una carpeta compartida sin acuses no lo demuestra.
  3. Listas de verificación sin validación de la comisión. El documento existe, pero la comisión nunca lo validó ni hay evidencia foto/video (5.5).
  4. Sin segunda lista periódica. Se verificó al inicio y nunca más; la continuidad es requisito expreso.
  5. Silla e insumos "que ponga el trabajador". El 5.7 es obligación patronal; trasladarla al empleado es hallazgo directo.
  6. Comisión de seguridad e higiene al margen. Media norma pasa por ella (5.3, 5.5, 5.12, 5.14, 6.1); si tu comisión no sesionó sobre teletrabajo, no hay sistema.
  7. Reversibilidad y violencia familiar sin mecanismo. Los numerales 5.10 y 5.13 piden procedimientos, no buena voluntad.

Preguntas frecuentes

¿El esquema híbrido de 2 días en casa activa la norma? No: dos de cinco días es el 40 % exacto y la norma exige más del 40 %. Tres días o más, sí. Cuidado con los promedios reales: si "dos días" son en la práctica tres o cuatro, la modalidad existe.

¿Quién paga la luz y el internet del teletrabajador? El patrón, de forma proporcional, por el artículo 330-E de la LFT. No es materia de esta norma —que cubre seguridad y salud—, pero el inspector conoce ambas y suele preguntarlo.

¿Puede la empresa entrar a mi casa a verificar? Solo con tu autorización y las facilidades que tú des (5.4). La alternativa legal expresa es que tú mismo apliques la lista de verificación. Negarte a la visita no te excluye de la modalidad.

¿Qué pasa si mis condiciones en casa cambian? Lo informas por escrito (6.3) y opera la reversibilidad: el patrón debe tener mecanismos para tu retorno presencial (5.10), incluido el caso específico de violencia familiar (5.13).

¿La silla ergonómica es de verdad obligatoria? Sí: el 5.7 la lista expresamente ("silla ergonómica o de otro tipo apropiada a las actividades"), junto con los insumos necesarios. La entrega debe quedar documentada.

¿El accidente en casa durante la jornada cuenta como accidente de trabajo? Sí, y la norma obliga a dar seguimiento a los avisos correspondientes (5.11). Conviene que tu procedimiento de aviso lo contemple explícitamente.

¿Dónde descargo la NOM-037-STPS-2023 en PDF? El texto oficial completo en PDF se descarga directamente al final de esta página, sin registro, junto con el enlace a la nota original del DOF.

Normas relacionadas

  • NOM-035-STPS-2018 — Factores de riesgo psicosocial: cargas, jornadas y entorno también aplican al personal remoto. /normas/nom-035-stps-2018-factores-de-riesgo-psicosocial/
  • NOM-019-STPS-2011 — Comisiones de seguridad e higiene: el órgano validador de toda esta norma. /normas/nom-019-stps-2011-comisiones-de-seguridad-e-higiene/
  • NOM-030-STPS-2009 — Servicios preventivos: diagnóstico, programa y exámenes médicos que la 037 invoca. /normas/nom-030-stps-2009-servicios-preventivos-de-seguridad-y-salud/
  • NOM-017-STPS-2024 — EPP: si la actividad remota requiere protección personal, se determina con ella. /normas/nom-017-stps-2024-equipo-de-proteccion-personal/
  • NOM-025-STPS-2008 — Iluminación: el criterio técnico detrás de la condición 7.1 b). /normas/nom-025-stps-2008-iluminacion/

Verifica este contenido

Cynthia Alejandra Peralta Vega

Especialista de Seguridad en el Trabajo, IMSS · Ingeniera Industrial (ITH)

Ingeniera Industrial (ITH). Especialista de Seguridad en el Trabajo en el IMSS desde 2022.

  • Ingeniería Industrial, Instituto Tecnológico de Hermosillo (ITH), 2010–2015
  • Especialista de Seguridad en el Trabajo, IMSS, julio 2022 – agosto 2026
  • Subjefa de Conservación, IMSS, 2020–2022

Contenido revisado y verificado contra el texto del DOF. Los rangos de costo provienen de cotizaciones de proveedores nacionales y se actualizan semestralmente.

Texto oficial completo

El contenido de esta guía explica y ordena la norma para su aplicación. El único texto de observancia obligatoria es el publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Documento
NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo
Archivo
NOM-037-STPS-2023_Teletrabajo_DOF-20230608.pdf
Publicación DOF
8 de junio de 2023
Verificado contra el DOF
4 de septiembre de 2026

Esta página no sustituye al DOF ni constituye asesoría jurídica particular.

Otras normas de específicas

Ver toda la categoría