La NOM-037-STPS-2023 obliga a quien tenga personas trabajando más del 40 % de su jornada semanal fuera del centro de trabajo, con uso de tecnologías de la información: exige un listado de teletrabajadores, una política escrita, la verificación de condiciones del lugar de trabajo mediante lista validada por la comisión de seguridad e higiene, silla ergonómica e insumos, capacitación anual y mecanismos de reversibilidad. Vigente desde el 5 de diciembre de 2023.
De dónde viene y desde cuándo obliga
El teletrabajo entró a la Ley Federal del Trabajo en enero de 2021 con el Capítulo XII Bis (artículos 330-A a 330-K), que definió la modalidad y las obligaciones básicas — contrato, pago proporcional de servicios, derecho a la desconexión. Lo que faltaba era la pieza operativa de seguridad y salud: esta norma. Se publicó en el DOF el 8 de junio de 2023 y su transitorio, con redacción curiosa que omite las palabras "en vigor" ("entrará a los 180 días naturales posteriores a su publicación"), la hizo obligatoria desde el 5 de diciembre de 2023. No sustituye a ninguna norma anterior: es la primera de su materia, y por eso muchas empresas con años de home office siguen sin un solo papel que la acredite.
La norma es también inusual en su método: casi todo su aparato de verificación descansa en un documento —la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo— y en un actor que ya tenías: la comisión de seguridad e higiene de la NOM-019.
A quién aplica: la regla del 40 %
El criterio de entrada es aritmético: son aspirantes a la modalidad quienes realizan más del 40 % de su jornada laboral semanal desde un lugar fuera del centro de trabajo, exclusivamente con uso de las tecnologías de la información y comunicación. Y el propio texto cierra la puerta trasera: no es teletrabajo el que se realiza de forma ocasional o esporádica, es decir, con menos del 40 % de la jornada.
Tres consecuencias prácticas:
- El esquema híbrido dominante (2 días en casa de 5) no activa la norma: 40 % exacto no es "más del 40 %". Tres días o más en casa, sí.
- La costumbre cuenta como hecho. Si alguien lleva desde 2020 trabajando 4 días desde casa "de manera informal", la modalidad existe de facto y la inspección la trata como tal; formalizar el contrato (LFT 330-B) y cumplir esta norma es regularizar, no crear.
- Sin TIC no hay teletrabajo en el sentido de la norma: el trabajo a domicilio tradicional (maquila, manufactura casera) se rige por otro capítulo de la LFT.
Las obligaciones del patrón, numeral por numeral
5.1 — El listado de teletrabajadores
Un listado actualizado de las personas en la modalidad con contenido mínimo: nombre, género, estado civil y los demás datos que fija el numeral (actividades, domicilio del lugar de trabajo, entre otros). Es la primera evidencia que pide cualquier revisión: sin listado, todo lo demás no tiene sujetos.
5.2 — La Política de Teletrabajo
Por escrito, implantada, mantenida y difundida tanto en el centro de trabajo como entre los teletrabajadores. Debe ser coherente con el contrato colectivo o el reglamento interior, y cumplir los artículos 330-C, 330-D y 330-E de la LFT. Su contenido mínimo incluye promover la prevención de riesgos, instaurar mecanismos de comunicación contra el aislamiento social —reuniones presenciales o por TIC— y facilitar los canales de difusión a distancia (correo y otros) para que el teletrabajador conozca los procedimientos del centro. El Apéndice 1 (informativo) trae un modelo de política para no partir de cero.
5.3 — Informar los riesgos
A los teletrabajadores y a la comisión de seguridad e higiene: los riesgos relacionados con la modalidad y la posible exposición a los agentes y factores del lugar de trabajo remoto.
5.4 y 5.5 — La lista de verificación y su validación
El mecanismo central. Debes contar con la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo, que constata las condiciones del capítulo 7, y dar a la comisión de seguridad e higiene las facilidades para validarla, incluidas las evidencias fotográficas o de video. Para comprobar las condiciones del lugar propuesto, el patrón puede optar entre dos vías:
- Visita al lugar de trabajo, previa autorización del aspirante y con las facilidades que éste proporcione (o gestione, si es una oficina en renta), o
- Autoaplicación de la lista por el propio aspirante — la alternativa pensada para no condicionar la modalidad a abrir la puerta de casa.
Y hay una segunda versión de la lista para aplicarse periódicamente y constatar que las condiciones se mantienen. El Apéndice 3 (informativo) trae ejemplos de preguntas para construir ambas.
5.6 — El proceso de cambio de modalidad
Si el centro cambia de presencial a teletrabajo o viceversa, el proceso debe estar establecido y documentado, incluyendo cómo se mantienen las condiciones de la norma durante la transición.
5.7 — Silla ergonómica e insumos
El patrón proporciona lo necesario para trabajar fuera del centro: silla ergonómica o de otro tipo apropiada a la actividad, más los insumos para desempeñarla. Se articula con la LFT 330-E (equipos, y pago proporcional de electricidad e internet): la norma pone la parte de seguridad y salud; la ley, la económica.
5.8 — Mantenimiento de los equipos TIC
Programas documentados de mantenimiento en condiciones de seguridad para los equipos de TIC proporcionados. La laptop entregada en 2021 y jamás revisada es un incumplimiento silencioso de este numeral.
5.9 — Capacitación anual
Al menos una vez al año, conforme al capítulo 8, sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener y mantener en su lugar de trabajo. El 8.1 orienta el contenido: reconocimiento de peligros del lugar mediante la propia lista de verificación, con participación —cuando aplique— de la comisión mixta de capacitación.
5.10 — Reversibilidad
Mecanismos para volver a la modalidad presencial cuando la persona informe de alguna condición o alteración de seguridad y salud que lo amerite. La reversibilidad no es cortesía: es obligación con procedimiento.
5.11 — Exámenes médicos y avisos de accidente
Practicar los exámenes médicos que correspondan conforme a la NOM-030 y dar seguimiento a los avisos de accidente de trabajo que ocurran en teletrabajo. Sí: el accidente en casa durante la jornada es accidente de trabajo, y su ruta de aviso debe existir.
5.12 — Compartir la documentación con la comisión
Lista de verificación, su validación y el resto de la evidencia de cumplimiento se comparten con la comisión de seguridad e higiene. La comisión deja de ser espectadora: valida, recibe y registra.
5.13 — Violencia familiar
Mecanismos de atención para casos de violencia familiar, que consideren, entre otras medidas, el retorno a la modalidad presencial temporal o permanente. Es de las obligaciones más novedosas del catálogo STPS y de las menos implementadas: exige un canal de reporte y una respuesta predefinida.
5.14 — Participación en las comisiones
Apoyo y facilidades para que los teletrabajadores participen en la comisión de seguridad e higiene y en la comisión mixta de capacitación. La distancia no los excluye de los órganos del centro de trabajo.
Obligaciones de las personas teletrabajadoras
El capítulo 6 equilibra la ecuación: dar a la comisión de seguridad e higiene, si el trabajador está de acuerdo, facilidades por escrito para la comprobación física del lugar — o, como alternativa, autoaplicar la lista de verificación, antes de ingresar a la modalidad y después con la periodicidad que corresponda (6.1); cumplir la política (6.2); informar por escrito al patrón y a la comisión cualquier alteración de las condiciones o caso de fuerza mayor que impida teletrabajar —incluidos acontecimientos traumáticos severos—, con contenido mínimo: fecha de elaboración, nombre, fecha de ocurrencia y descripción (6.3); resguardar y conservar en buen estado equipos, materiales, útiles y mobiliario ergonómico (6.4); observar las disposiciones de seguridad y salud y someterse a los exámenes médicos de la NOM-030 (6.5); y atender las políticas de protección de datos e información del patrón, con sus restricciones de uso y almacenamiento (6.6).
Capítulo 7: las condiciones del lugar de trabajo
Es el contenido que la lista de verificación traduce en preguntas:
- 7.1 Agentes físicos. Área limpia y ordenada, sin objetos innecesarios, con lo más usado cerca; iluminación natural o artificial que no deslumbre ni provoque fatiga visual por deficiencia; temperatura y ventilación que se perciban agradables para la actividad.
- 7.2 Condiciones de seguridad, con la instalación eléctrica al frente (contactos, extensiones, sobrecargas).
- 7.3 Factores de riesgo psicosocial. Un espacio físico que, preferentemente, permita privacidad durante la jornada, para evitar interferencias e interrupciones de personas ajenas al trabajo — más las cargas de trabajo y jornadas que conectan con la NOM-035.
Y una definición que conviene citar textual en tu política: la desconexión es el derecho a apartarse del trabajo —incluida la desconexión digital de las TIC— y abstenerse de toda comunicación laboral al término de la jornada, en horarios no laborables, vacaciones, permisos y licencias; en horarios flexibles aplica también durante las pausas convenidas.
Qué te va a pedir el inspector
| Evidencia | Numeral que la sustenta |
|---|---|
| Listado actualizado de teletrabajadores con contenido mínimo | 5.1 |
| Política de Teletrabajo escrita, difundida y alineada a LFT 330-C/D/E | 5.2 |
| Constancia de información de riesgos (a trabajadores y a la comisión) | 5.3 |
| Listas de verificación aplicadas: inicial y periódica | 5.4 |
| Validación de la comisión de seguridad e higiene (con evidencia foto/video) | 5.5 |
| Autorización del trabajador para visita, o su lista autoaplicada | 5.4 y 6.1 |
| Entrega documentada de silla ergonómica e insumos | 5.7 |
| Programa de mantenimiento de equipos TIC | 5.8 |
| Capacitación anual (DC-3 o constancia equivalente) | 5.9 y cap. 8 |
| Mecanismo de reversibilidad y de atención a violencia familiar | 5.10 y 5.13 |
| Exámenes médicos y ruta de aviso de accidentes | 5.11 |
| Acta o registro de entrega de documentación a la comisión | 5.12 |
La revisión de esta norma es esencialmente documental: el inspector no visita domicilios; audita que tu sistema de listas, validaciones y entregas exista y esté vivo.
Cómo implementarla, en orden
- Censa la realidad. Quién trabaja más del 40 % fuera, con qué equipo, desde cuándo. Ese censo es el borrador del listado 5.1 y destapa los "híbridos informales".
- Formaliza contratos y política. El contrato de teletrabajo es LFT 330-B; la política 5.2 se redacta sobre el Apéndice 1 y se difunde con acuse.
- Construye las dos listas de verificación desde el Apéndice 3 y el capítulo 7, y define la vía de comprobación (visita autorizada o autoaplicación).
- Activa a la comisión de seguridad e higiene: calendario de validaciones, formato de evidencias foto/video y registro de entrega de documentación.
- Cierra el ciclo material y humano: sillas e insumos con acuse, programa de mantenimiento TIC, capacitación anual, y los mecanismos de reversibilidad y violencia familiar por escrito.
Cuánto cuesta cumplir
Rangos de mercado nacional (proveedores mexicanos, 2026), como referencia:
| Concepto | Rango típico (MXN) |
|---|---|
| Silla ergonómica de trabajo (por persona) | $2,500 – $9,000 |
| Paquete de insumos de arranque (soporte, teclado, mouse, iluminación) | $800 – $3,000 |
| Curso anual de teletrabajo seguro con DC-3 (grupo) | $4,000 – $12,000 |
| Elaboración de política + listas + procedimientos (consultor) | $10,000 – $35,000 |
| Mantenimiento anual de equipo TIC (por equipo) | $600 – $1,800 |
A eso se suma la obligación económica de la LFT 330-E: el pago proporcional de electricidad e internet, que es ley aunque no sea materia de esta norma. La multa por incumplir la norma es la general del artículo 994, fracción V: 250 a 5,000 UMA por infracción.
Los errores que más se sancionan
- Teletrabajo de facto sin un solo documento. Años de home office sin listado, contrato ni política: la modalidad existe, el cumplimiento no.
- Política copiada sin difusión. El 5.2 exige difundirla e implantarla; el PDF en una carpeta compartida sin acuses no lo demuestra.
- Listas de verificación sin validación de la comisión. El documento existe, pero la comisión nunca lo validó ni hay evidencia foto/video (5.5).
- Sin segunda lista periódica. Se verificó al inicio y nunca más; la continuidad es requisito expreso.
- Silla e insumos "que ponga el trabajador". El 5.7 es obligación patronal; trasladarla al empleado es hallazgo directo.
- Comisión de seguridad e higiene al margen. Media norma pasa por ella (5.3, 5.5, 5.12, 5.14, 6.1); si tu comisión no sesionó sobre teletrabajo, no hay sistema.
- Reversibilidad y violencia familiar sin mecanismo. Los numerales 5.10 y 5.13 piden procedimientos, no buena voluntad.
Preguntas frecuentes
¿El esquema híbrido de 2 días en casa activa la norma? No: dos de cinco días es el 40 % exacto y la norma exige más del 40 %. Tres días o más, sí. Cuidado con los promedios reales: si "dos días" son en la práctica tres o cuatro, la modalidad existe.
¿Quién paga la luz y el internet del teletrabajador? El patrón, de forma proporcional, por el artículo 330-E de la LFT. No es materia de esta norma —que cubre seguridad y salud—, pero el inspector conoce ambas y suele preguntarlo.
¿Puede la empresa entrar a mi casa a verificar? Solo con tu autorización y las facilidades que tú des (5.4). La alternativa legal expresa es que tú mismo apliques la lista de verificación. Negarte a la visita no te excluye de la modalidad.
¿Qué pasa si mis condiciones en casa cambian? Lo informas por escrito (6.3) y opera la reversibilidad: el patrón debe tener mecanismos para tu retorno presencial (5.10), incluido el caso específico de violencia familiar (5.13).
¿La silla ergonómica es de verdad obligatoria? Sí: el 5.7 la lista expresamente ("silla ergonómica o de otro tipo apropiada a las actividades"), junto con los insumos necesarios. La entrega debe quedar documentada.
¿El accidente en casa durante la jornada cuenta como accidente de trabajo? Sí, y la norma obliga a dar seguimiento a los avisos correspondientes (5.11). Conviene que tu procedimiento de aviso lo contemple explícitamente.
¿Dónde descargo la NOM-037-STPS-2023 en PDF? El texto oficial completo en PDF se descarga directamente al final de esta página, sin registro, junto con el enlace a la nota original del DOF.
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Cynthia Alejandra Peralta Vega
Especialista de Seguridad en el Trabajo, IMSS · Ingeniera Industrial (ITH)
Ingeniera Industrial (ITH). Especialista de Seguridad en el Trabajo en el IMSS desde 2022.
- Ingeniería Industrial, Instituto Tecnológico de Hermosillo (ITH), 2010–2015
- Especialista de Seguridad en el Trabajo, IMSS, julio 2022 – agosto 2026
- Subjefa de Conservación, IMSS, 2020–2022
Contenido revisado y verificado contra el texto del DOF. Los rangos de costo provienen de cotizaciones de proveedores nacionales y se actualizan semestralmente.
Texto oficial completo
El contenido de esta guía explica y ordena la norma para su aplicación. El único texto de observancia obligatoria es el publicado en el Diario Oficial de la Federación.
- Documento
- NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo
- Archivo
- NOM-037-STPS-2023_Teletrabajo_DOF-20230608.pdf
- Publicación DOF
- 8 de junio de 2023
- Verificado contra el DOF
- 4 de septiembre de 2026
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